Los molinos y las Cortes de Cádiz : el caso de los molinos de la ciudad de Córdoba / José Miguel Reyes Mesa
Signatura | Copia | Colección |
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9025 | Capítulo en monografía |
Descripción | Permisos | |
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TEXTO COMPLETO (PDF) | Acceso abierto |
En el Archivo del Congreso de los Diputados se encuentran diversos documentos referidos a molinos: entre otros, tiene especial significación una solicitud dirigida por propietarios, administradores y arrendatarios de los molinos situados sobre el río Guadalquivir en la ciudad de Córdoba, con fecha de 30 de octubre de 1812, al rey quejándose del rediezmo o tributo que pagan al cabildo eclesiástico de dicha ciudad, que lo exigía de los granos que entraban y no de las harinas que entregaban. En dicho documento manifiestan que el cabildo funda su exacción en un privilegio concedido por el rey don Fernando, que nadie ha visto y creen que no existe y, aún cuando lo hubiese, lo consideran injusto y ruinoso, con daño de terceros y sin utilidad pública más que aumentar la riqueza del cabildo, prescindiendo que nunca podría entenderse el privilegio sino con los molinos existentes en su fecha y no con los construidos posteriormente. Añaden que los dueños de algunos molinos que son poderosos, han logrado sustraerse del pago del rediezmo, y argumentan otras varias reflexiones para que el rey los libre del pago de tan injusto tributo. Debido al interés que pueda suscitar, se presenta la transcripción y análisis del referido documento.
P. 525-533
Localización permanente | Código de barras | |
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Fundación Juanelo Turriano | 9025 |
En el Archivo del Congreso de los Diputados se encuentran diversos documentos referidos a molinos: entre otros, tiene especial significación una solicitud dirigida por propietarios, administradores y arrendatarios de los molinos situados sobre el río Guadalquivir en la ciudad de Córdoba, con fecha de 30 de octubre de 1812, al rey quejándose del rediezmo o tributo que pagan al cabildo eclesiástico de dicha ciudad, que lo exigía de los granos que entraban y no de las harinas que entregaban. En dicho documento manifiestan que el cabildo funda su exacción en un privilegio concedido por el rey don Fernando, que nadie ha visto y creen que no existe y, aún cuando lo hubiese, lo consideran injusto y ruinoso, con daño de terceros y sin utilidad pública más que aumentar la riqueza del cabildo, prescindiendo que nunca podría entenderse el privilegio sino con los molinos existentes en su fecha y no con los construidos posteriormente. Añaden que los dueños de algunos molinos que son poderosos, han logrado sustraerse del pago del rediezmo, y argumentan otras varias reflexiones para que el rey los libre del pago de tan injusto tributo. Debido al interés que pueda suscitar, se presenta la transcripción y análisis del referido documento.
P. 525-533